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Mincetur aprobó protocolo sanitario para el turismo de reuniones

Octubre 26 / 2020

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el covid-19 para la realización de eventos en el marco del turismo de reuniones”.

A través de la Resolución Ministerial Nº 214-2020-Mincetur se detalla una serie de medidas preventivas operativas para prevenir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus en tres momentos: antes, durante y después del evento. Además, se establecen responsabilidades y directrices a la empresa, organismo u organización, sea pública o privada, que realicen este tipo de actividades.

El proyecto del protocolo fue elaborado por el Cenfotur, en coordinación con los representantes del sector privado y revisado por el Ministerio de Salud (Minsa).


Alcances de la norma

El protocolo sanitario sectorial aplica a todos los organizadores, personal interno y externo, y asistentes de los eventos realizados a nivel nacional en el marco del turismo de reuniones. Incluye congresos, conferencias, convenciones, ruedas de negocio, foros, reuniones corporativas, exposiciones y ferias.

Aquellos operadores que prestan este tipo de servicios deberán tener registrado el “Plan de vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo”, de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 448-2020/Minsa.

El Mincetur invocó a las empresas, organismos u organizaciones que promuevan la realización de eventos a cumplir de manera estricta este protocolo sanitario sectorial. Como se recuerda, en los últimos años el Perú ha sido escogido como sede de importantes eventos, por lo que ahora es importante generar confianza del nuevo turista de reuniones.

El turismo de reuniones tiene un impacto directo en el desarrollo del turismo y la economía del país, debido a que se encuentran relacionados a otros servicios complementarios (hoteles, restaurantes, transportes, servicios y demás).

En este enlace puede revisar el protocolo aprobado por el Mincetur: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1294923-214-2020-mincetur.